Diputados disminuyen edad para el cargo de Delegado Municipal
Para garantizar los principios de igualdad y no
discriminación establecidos en el derecho constitucional y convencional,
diputados locales reformaron la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado
para disminuir de 30 a 21 años la edad para ocupar el cargo de Delegado
Municipal.
Asimismo, establece que queda prohibida toda discriminación
motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición
social y de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o
cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o
menoscabar los derechos y las libertades de las personas.
Por estos motivos, indica que es necesario armonizar los
criterios constitucionales mencionados a fin de disminuir la edad para ocupar
el cargo de Delegado Municipal, y establecerlo en 21 años.
Agrega que si bien es cierto los cargos no especifican edad,
es necesario que ésta se establezca, dada la responsabilidad que su desempeño
requiere, al señalar un perfil mínimo que garantice que las personas que
aspiran sean apropiadas y adecuadas.
También se reforma la fracción IV de dicho ordenamiento para
adecuar y corregir una incongruencia en el término “Recibir” y establecer
“Residir”, en virtud que el objeto de este requisito para ser Delegado
Municipal es precisamente que la persona resida en el municipio de que se
trate, y no de recibir.
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