Era necesaria la reforma al Artículo 14 de la Constitución local: R. Navarrete


La reforma al Artículo 14 de la Constitución Política del Estado era necesaria. Eso permitirá regular a los grupos de ciudadanos que operan al margen de la ley como policías comunitarios en municipios que no son indígenas y que por lógica no están protegidos por la Ley 701 de Reconocimiento,
Derechos y Cultura Indígena.
Tras señalar lo anterior, el presidente de la Comisión de Defensa de Derechos Humanos (Coddehum), Ramón Navarrete Magdaleno, destacó que realizadas tales reformas y una vez que sean avaladas por la mayoría de los Cabildos de los Ayuntamientos del estado, le corresponderá a las autoridades estatales evitar que estos grupos de autodefensa continúen en operación en territorios no indígenas.
En todo caso, apuntó el ombudsman guerrerense también habrá que regular el funcionamiento de estos grupos para que sus integrantes también puedan ser sancionados en caso de que transgredan los ordenamientos legales.
A manera de ejemplo, el presidente de la Coddehum expresó que no pueden funcionar los policías comunitarios que de buenas a primeras disparen sus armas contra los automovilistas que por miedo no se detienen en sus retenes como ha ocurrido de manera recurrente en Tierra Colorada, donde opera un grupo de autodefensa del Frente Unido por la Seguridad y el Desarrollo del Estado de Guerrero (FUSDEG), que a su vez también mantiene una abierta confrontación con sus similares de la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG).
En contraparte, mencionó, la Policía Comunitaria de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC), que opera en las comunidades indígenas de las regiones Montaña y Costa Chica, ha tenido buenos resultados en la zona en que se desenvuelve.
Esta Policía Comunitaria, por ejemplo, no resulta afectada por las reformas al Artículo 14 de la Constitución Política del Estado, pues es mentira que venga a desaparecer este sistema de seguridad comunitario, toda vez que éste se encuentra protegido por la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura Indígena. (Baltazar Jiménez Rosales)

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