Ordena TEPJF al Congreso resolver la solicitud de Marco Antonio Leyva
La Sala Regional de la Cuarta Circunscripción del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), exhibió la “omisión” del
Congreso de Guerrero al dilatar el trámite de reincorporación al cargo y
funciones de presidente municipal de Chilpancingo, que el pasado 10 de
enero
solicitó el priista Marco Antonio Leyva Mena.
En su sentencia, aprobada por unanimidad durante la sesión de
este jueves, el pleno del órgano jurisdiccional federal radicado en la Ciudad
de México, revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero
(TEEG), en la que declaró improcedente el juicio electoral ciudadano promovido
por Leyva Mena, en el cual denunció la omisión del Congreso.
Tras considerar fundados los agravios expuestos por los
abogados del alcalde con licencia, ordenó al Poder Legislativo de Guerrero que,
en su próxima sesión, el próximo martes 10 de abril, le dé una “respuesta jurídica”.
“Se declara la existencia de la omisión en resolver y
ordenar al pleno del Congreso local que resuelva la solicitud de
reincorporación al cargo presentada por el actor”, sostiene la resolución,
mientras que el magistrado Armando Maitre Hernández, presidente de la Sala
Regional, aclaró que no se ordena la reinstalación, sino que realicen el
análisis correspondiente y se le dé al promovente una respuesta.
Sobre la resolución del TEEG, se expone que debió acreditar
la “omisión” legislativa, pero contrario a eso -expone el proyecto de la
Sala Regional del TEPJF- “se le limitó a destacar que el Congreso había
realizado actuaciones, el receso legislativo del pleno y la existencia de un
procedimiento a seguir previo a emitir la resolución, para concluir en que su
actuación estaba apegada a derecho”.
Se añade que “no estableció de manera clara un parámetro que
serviría de base para comprender lo que debía entenderse como un plazo
razonable o prudente”, para resolver la solicitud y no sustanció el impedimento
para resolver.
También se expone que no era necesario agotar los 30 días
hábiles que determinó la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación del
Congreso de Guerrero para dictaminar la solicitud, por tanto, el órgano
advirtió que la “omisión” persiste e implica una “obstaculización en su derecho
humano a ser votado en su vertiente del ejercicio del cargo”.
Cabe mencionar que el pleno del órgano jurisdiccional
también declaró imprudente la petición que planteó Leyva Mena para que el TEPJF
ordenara al Congreso de Guerrero su inmediata reinstalación, tras señalar que
es una facultad exclusiva de la actual Legislatura.
El magistrado Armando Maitre Hernández explicó: “No tiene
elemento alguno o atribución directa esta Sala Regional para emitir un
pronunciamiento a nombre de la Legislatura del Estado, es a ella la que le
corresponde hacer las ponderaciones correspondientes para determinar lo
conducente sobre la solicitud de reincorporación”.
Sin embargo, expuso que la resolución aprobada este jueves
sienta un precedente en la protección del derecho político a ser votado en su
vertiente del debido ejercicio del cargo, porque las legislaturas estatales
están “sujetas a las peticiones que les formulen los ciudadanos y no
necesariamente deben seguirse los plazos que marquen sus normativas para la
emisión de dictámenes”.
Leyva Mena solicitó licencia al Congreso local para
separarse “por el resto del periodo” al cargo y funciones de presidente
municipal de Chilpancingo en octubre del 2017 para evitar la aprobación del
juicio de revocación de mandato que inició en su contra la Comisión
Instructora, en cual sería votado a favor en sesión de pleno. (www.agenciairza.com)
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