La próxima semana definirá el Congreso caso MAL


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sentenció al Congreso local a emitir una nueva respuesta a la solicitud de Marco Antonio Leyva Mena para ser reincorporado al cargo de presidente municipal.
Ayer, el Congreso local recibió la sentencia en la que el TEPJF pide que se emita una nueva respuesta a la solicitud de reincorporación de manera “fundada y motivada”, dentro del término de cinco días contados a partir de la notificación.
Sin embargo, en la sentencia se reconoce que el Congreso del Estado es quien tiene la competencia para resolver en primera instancia la solicitud de reincorporación del alcalde, el TEPJF considera que es necesario que se revise nuevamente este asunto.
En el documento recibido, se informa que Marco Antonio Leyva impugnó el tres de abril ante dicho órgano jurisdiccional la resolución emitida por el Congreso local, argumentando que existe una indebida fundamentación y motivación del dictamen.

El TEPJF no ordenó su reinstalación: Gallegos

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), no ordenó la reinstalación de Marco Antonio Leyva Mena al cargo de presidente municipal de Chilpancingo, precisó el secretario de Servicios Parlamentarios del Congreso local, Benjamín Gallegos Segura.
Consecuentemente, explicó, el Poder Legislativo tiene “plenas facultades” para determinar el sentido del dictamen con base a la nueva sentencia del TEPJF de este jueves 26 de abril, en la que señala que la licencia que solicitó Leyva Mena “por el resto del periodo” no debe entenderse como renuncia al cargo.
La Sala Regional de la Cuarta Circunscripción Plurinominal de la Ciudad  de México, revocó el decreto del Congreso de Guerrero aprobado en sesión del 12 de abril, por el cual le niega al alcalde MAL la reincorporación al cargo, y ordenó que emita una nueva respuesta “fundada y motivada”, en un plazo de 5 días hábiles.
En entrevista, Gallegos Segura explicó que la sentencia del TEPJF no dictó el sentido del próximo dictamen que seguramente emitirán a pleno en la sesión del martes uno de mayo y “deja plenas facultades para resolver”, aseguró.
Aclaró que esa determinación será parte del análisis de la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación, a la cual se turnaría la sentencia del órgano jurisdiccional para emitir nueva respuesta.
Explicó que el TEPJF concluyó que en la licencia que solicitó el alcalde MAL, en octubre del 2017, se estipula “por tiempo indefinido” y que la frase “por el resto del periodo” no debe entenderse como una renuncia al cargo.
“Son cuestiones de interpretación; el Tribunal resuelve que la licencia aprobada (a Leyva Mena) fue por tiempo indefinido y que no fue renuncia. El hecho de que haya dicho que su licencia era por el resto del periodo no debe entenderse como una renuncia”, abundó Gallegos. (www.agenciairza.com)

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