Se excusa Magistrado para no participar en juicio electoral interpuesto por MALM
El pleno del Consejo del Tribunal Electoral (TEE), aprobó la
excusa presentada por el magistrado Emiliano Lozano Cruz, para no participar en
el proceso que dicha instancia tiene, derivado del recurso de impugnación
presentado por el presidente municipal con licencia de Chilpancingo, Marco
Antonio Leyva Mena, debido a la demanda que, de manera personal, interpuso en
contra de la comuna.
Este martes, el pleno del TEE, desahogó la séptima sesión
pública, en la que, como único punto, se trató el expediente TEE/001/2018, el
promovente, el magistrado Emiliano Lozano Cruz, asunto, solicitud de excusa,
magistrado ponente, Ramón Ramos Piedra.
Lozano Cruz, solicitó esta excusa, para no participar en el
juicio electoral ciudadano, TEE/JSC/007/2018, interpuesto por el alcalde con
licencia, Marco Antonio Leyva Mena, en contra del Congreso del Estado, por no
atender su solicitud de incorporación al cargo de presidente municipal de
Chilpancingo, debido, según la explicación, a la demanda que de manera personal
interpuso en contra del ayuntamiento, siendo alcalde Leyva Mena, en el juicio
civil 309/2016-01.
En base al análisis de los elementos probatorios presentados
por Lozano Cruz, el magistrado ponente, Ramón Ramos Piedra, presentó el
proyecto a favor de la solicitud presentado por el promovente, el cual fue
aprobado por unanimidad por el resto de los funcionarios electorales.
En entrevista, el magistrado Ramón Ramos Piedra, explicó que
se trató de un incidente, es decir, un juicio dentro de un juicio principal en
desarrollo, interpuesto por el promovente, -Emiliano Lozano Cruz-, de manera
personal, por hechos que le afectan en su esfera particular. Y tras presentar
los elementos probatorios, como una copia certificada en un juicio en trámite
en contra del ayuntamiento en los juzgados civiles, el pleno del TEE aprobó el
dictamen con el que, en lo sucesivo, el mencionado magistrado, no conocerá de
los trámites relacionados con este asunto, a fin de no perjudicar la
imparcialidad y objetividad en las resoluciones que él tome.
“Por el conflicto de intereses que se pueda derivar de
cualquier resolución y para que no vaya a matizarlo de ningún tipo de
inclinación hacia a algún lado de la balanza, tratamos que nuestras
resoluciones sean lo más objetivas posibles, y cualquier atisbo de
imparcialidad o de interés de parte de uno de los miembros del órgano es
obligación primera de manera unilateral denunciar que cualquiera de los miembros
del consejo general está impedido para conocer de ese asunto por las razones
que la misma ley prevé”, abundó el magistrado Ramón Ramos.
Emiliano Lozano Cruz, interpuso una demanda en contra del
ayuntamiento de Chilpancingo, luego de que el año pasado, supuestamente,
policías municipales, difundieran un video, en el que el magistrado realiza sus
necesidades fisiológicas en vía pública, en unas macetas, imágenes que fueron
reproducidas en redes sociales, al considerar que esto afectó su reputación, interpuso
la mencionada demanda penal, la cual se encuentra en curso. (NOTYMAS)
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