Le niega el IEPC registro al Partido Socialista de México



El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) negó ayer por segunda ocasión el registro al Partido Socialista de México.
Cabe hacer notar que esta segunda resolución del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana es en
acatamiento a un mandato de la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEE), que ordena al Consejo General de este órgano electoral emitir una nueva resolución sobre la solicitud de registro como partido político estatal presentada por la organización ciudadana “Ciudadanos Socialistas de México.
Como antecedente, el 31 de marzo de la presente anualidad, durante la Cuarta Sesión Extraordinaria celebrada por este Consejo General, se aprobó por mayoría de votos la resolución sobre la negación de solicitud de registro como Partido Político Estatal presentada por la organización ciudadana denominada “Ciudadanos Socialistas de México, A.C.”.
El 7 de abril del año en curso, el C. Rodolfo Ortega Casimiro, Presidente de la Comisión Ejecutiva de la Organización Ciudadana denominada “Ciudadanos Socialistas de México A.C.”, presentó, ante el IEPC Guerrero, una demanda de Juicio Electoral Ciudadano en contra de la resolución mediante la cual les fue negada la solicitud de registro como partido político estatal; acción que fue informada por el IEPC al TEE.
El día 18 de mayo, el Pleno de la Sala de Segunda Instancia del TEE, resolvió el Juicio Electoral Ciudadano interpuesto por la Organización Ciudadana denominada “Ciudadanos Socialistas de México A.C, y ordenó revocar la resolución por la que el Consejo General del IEPC Guerrero le negó el registro como Partido Político Estatal, y emitir una nueva resolución.
En ese sentido, el Consejo General emitió una nueva resolución a través de la cual negó nuevamente, por mayoría de votos, la procedencia de registro como Partido Político Estatal a "Ciudadanos Socialistas de México A.C.", bajo la denominación "Partido Socialista de México", toda vez que no reunió los requisitos establecidos por la normativa electoral aplicable. (Baltazar Jiménez Rosales)

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