Aprueba IEPC registro de organizaciones que buscan convertirse en partidos, ayer

El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) aprobó ayer de manera oficial el registro de las cinco organizaciones sociales que pretenden constituirse como partidos políticos y los lineamientos a los cuales se sujetarán sus asambleas constitutivas.

En su sesión realizada el mediodía de ayer, en términos del Reglamento para la Constitución y Registro de Partidos Políticos Estatales ante este órgano electoral, el Consejo General del IEPC aprobó los registros como aspirantes a constituirse en partidos políticos de las organizaciones Fundación Juventud Socialista de México, Coincidencia Guerrerense, Guerrero Pobre, Impulso Humanista de Guerrero y Ciudadanos Socialistas de México, las cuales recibieron su constancia correspondiente.
Del mismo modo, los consejeros del Instituto Electoral se aprobaron los Lineamientos para el Procedimiento de Certificación de Asambleas de Constitución de Partidos Políticos Estatales, que tienen como finalidad normar el procedimiento de certificación de las asambleas que realizarán las organizaciones de ciudadanos que pretenden constituirse como partido político local; estos lineamientos van dirigidos a los funcionarios electorales que certificarán asambleas, así como a las agrupaciones ciudadanas que serán las responsables de organizarlas.
Asimismo, el Consejo General aprobó los Lineamientos que establecen los procedimientos para realizar visitas de verificación en materia de fiscalización, durante las celebraciones de asambleas distritales o municipales de las organizaciones de ciudadanos que pretenden constituirse como partidos políticos locales, con el objeto de corroborar el cumplimiento de las obligaciones y la veracidad de sus informes que presentarán a este instituto electoral.
Por otro lado, y con el propósito de impulsar el desarrollo humano de sus servidores públicos, el Consejo General aprobó el Código de Ética y Conducta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, el cual lleva el objetivo de fortalecer los principios de la función electoral y establecer los valores fundamentales que deben regir la conducta de los servidores públicos del Instituto en el desempeño de su empleo, cargo o comisión.
Este Código, se explicó en la sesión, regula dos cuestiones sustanciales: los principios éticos de la función electoral y los valores fundamentales.
Respecto a los principios éticos de la función electoral se define a la independencia, imparcialidad, objetividad, profesionalismo, transparencia, certeza y legalidad, en cuanto a los valores fundamentales se consideran a la excelencia, la igualdad, la honestidad, la cortesía, la puntualidad, un ambiente laboral sano y la responsabilidad ecológica. (Baltazar Jiménez Rosales)

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