Los comisionados están en oficinas centrales de la SEG: H. Ruiz Estrada

Es falso que la Sección 14 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) tenga más de dos mil 500 comisionados, expresó categórico el secretario general de este organismo sindical, José Hilario Ruiz Estrada.

Lo que sí reconoció el líder sindical es que en las oficinas centrales de la Secretaría de Educación Guerrero (SEG), principalmente en el ex Ineban y en las Delegaciones Regionales, hay un gran número de trabajadores de la educación que tienen plazas docentes, pero desempeñan funciones administrativas.
Ruiz Estrada hizo tal aclaración ante las acusaciones vertidas por algunos líderes de la Delegación (D-III-16-02) que precisamente aglutina a trabajadores de las oficinas centrales de la SEG, quienes aseguraron que la Sección 14 del SNTE tiene más de dos mil 500 comisionados.
Al respecto, el dirigente sindical rechazó que el Comité de la Sección 14 del SNTE tenga tal número de comisionados, pero sí afirmó que “en la Secretaría de Educación Guerrero existen un gran número de trabajadores de la educación adscritos a las áreas centrales, oficinas del ex-Ineban y Delegaciones Regionales.
Refirió que tales trabajadores ostentan plazas docentes, pero realizan funciones administrativas y que tal circunstancia, debe ser sujeta a la regularización laboral correspondiente, en virtud de que la actual legislación establece que el personal que cuente plaza docente, realizará las funciones previstas como son: la actividad docente frente a grupo, directivos, o asesores técnicos pedagógicos.
Destacó que la Ley es precisa en el caso de personas que decidan aceptar el desempeño de una función que impida el ejercicio de su actividad docente, tanto en la educación básica y el nivel medio superior.
Ruíz Estrada expresó que la Sección 14 del SNTE establecerá los mecanismos de gestión con la autoridad correspondiente a fin de que el personal que realiza funciones diferentes a la plaza que ostenta pueda ser regularizado o adscrito sin afectación de sus derechos laborales adquiridos y procurando el respeto a su arraigo y residencia.
Agregó que los docentes que sean sujetos a la evaluación en los tiempos y formas correspondientes estarán protegidos por la Ley, en lo que refiere el artículo Octavo transitorio de la Ley General del Servicio Profesional Docente, que establece que ningún trabajador educativo será despedido ni perderá sus derechos salariales y prestaciones, aún en el caso en que los resultados de su evaluación fueran insuficientes en la tercera oportunidad. (Baltazar Jiménez Rosales)

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