Improcedentes, impugnaciones contra Evodio Velázquez: Tribunal Electoral
Acapulco, Gro.— Los recursos de impugnación que presentaron Morena y el PRI sobre la elección para el Ayuntamiento de Acapulco, fueron declaradas improcedentes en el Tribunal Electoral del Estado (TEE).
Los juicios de inconformidad contra los resultados consignados en el acta de cómputo de la elección del pasado siete de junio, que ya marcaban como ganador al perredista Evodio Velázquez Aguirre, se resolvieron este lunes.
Se precisó que la Cuarta Sala Unitaria consideró infundada, y en consecuencia, no procede en sede jurisdiccional” el recuento total de votos que exigía el Partido Revolucionario Institucional.
Y que de acuerdo a los datos reportados por el acta de cómputo municipal de la elección en comento, el Partido de la Revolución Democrática obtuvo 77,565 votos, por su parte el Partido Revolucionario Institucional 74,994 sufragios, con una diferencia de 2,571 votos, lo que en porcentaje equivale a una diferencia del 3.31% de la votación.
En este importante punto se agrega que “es claro que se rebasa el medio punto porcentual que la norma en estudio establece como uno de los parámetros fundamentales para que proceda el recuento total de votos de una elección”, puesto que tendría que existir una diferencia porcentual del 0.5 para que proceda el recuento.
Respecto a la inconformidad presentada por MORENA, determinaron que “el partido accionante por virtud del lugar que ocupa dentro de la votación, no se encuentra situado dentro del segundo o tercer lugar y que con motivo del recuento pudiera alcanzar el triunfo en la elección”.
Fue así que el órgano electoral declaró improcedentes las solicitudes de recuento parcial y total de votos de la elección de Ayuntamiento de Acapulco de Juárez, reconociendo el resultado que da como ganador a Evodio Velázquez. (www.agenciairza.com)
Los juicios de inconformidad contra los resultados consignados en el acta de cómputo de la elección del pasado siete de junio, que ya marcaban como ganador al perredista Evodio Velázquez Aguirre, se resolvieron este lunes.
Se precisó que la Cuarta Sala Unitaria consideró infundada, y en consecuencia, no procede en sede jurisdiccional” el recuento total de votos que exigía el Partido Revolucionario Institucional.
Y que de acuerdo a los datos reportados por el acta de cómputo municipal de la elección en comento, el Partido de la Revolución Democrática obtuvo 77,565 votos, por su parte el Partido Revolucionario Institucional 74,994 sufragios, con una diferencia de 2,571 votos, lo que en porcentaje equivale a una diferencia del 3.31% de la votación.
En este importante punto se agrega que “es claro que se rebasa el medio punto porcentual que la norma en estudio establece como uno de los parámetros fundamentales para que proceda el recuento total de votos de una elección”, puesto que tendría que existir una diferencia porcentual del 0.5 para que proceda el recuento.
Respecto a la inconformidad presentada por MORENA, determinaron que “el partido accionante por virtud del lugar que ocupa dentro de la votación, no se encuentra situado dentro del segundo o tercer lugar y que con motivo del recuento pudiera alcanzar el triunfo en la elección”.
Fue así que el órgano electoral declaró improcedentes las solicitudes de recuento parcial y total de votos de la elección de Ayuntamiento de Acapulco de Juárez, reconociendo el resultado que da como ganador a Evodio Velázquez. (www.agenciairza.com)
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