Boletas electorales incluirán apodos de los candidatos a alcaldes y diputados

Por primera vez en la historia político-electoral, y toda vez que ya lo permite la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado (LIPEE), las boletas electorales que serán utilizadas en la jornada electoral ya llevarán los apodos o sobrenombres de los candidatos o candidatas a diputados y
presidentes municipales sí es que así lo solicitaron los propios abanderados a través de sus respectivos partidos políticos.
De esta manera, en base al acuerdo que ayer tomó el pleno del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), en las boletas electorales que se utilizarán el próximo domingo siete de junio los electores podrán encontrar los apodos o sobrenombres con que identifican a sus candidatos: “El Caballo”, “Bocho”, “Tencha”, “El Buda”, “El Pay de Queso”, “Toño Gaspar”, aparte de que en su recuadro correspondiente también llevará su nombre legal.
El acuerdo que ayer tomó el pleno del Consejo General del Instituto Electoral fue en base a las solicitudes que para tal fin presentaron los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM) y Humanista (PH).
El argumento esgrimido por estos partidos políticos para solicitar que en las boletas electorales se incluyan los apodos o sobrenombres de sus candidatos es porque “así es como son identificados o conocidos socialmente”.
No obstante, los consejeros electorales acordaron permitir la inclusión de los apodos o sobrenombres de los candidatos “siempre y cuando se trate de expresiones razonables y pertinentes que no constituyan propaganda electoral, no conduzcan a confundir al electorado, ni vayan en contravención o detrimento de los principios que rigen la materia electoral, dado que contribuyen a la plena identificación de los candidatos por parte del electorado”.
Los apodos que se encontrarán en las boletas electorales son, entre otros, “Tony”, “El Caballo”, “Bocho”, Toño Gaspar”, “El Pay de Queso”, “El Buda”, “Jacko”,” Tencha”, “Betín”, “Elva Sierra”, “Manolo”, “Moyo” y “Lalo Cueva”, “Zeferino”, independientemente de que llevará el o los nombres y apellidos legales de los abanderados, ya que “el sobrenombre no puede sustituir o eliminar el nombre y apellidos del ciudadano registrado como candidato, en consecuencia, el sobrenombre será incluido en la boleta electoral después de dichos elementos, debiendo contener la misma tipografía que el nombre legal”.
Lo que no contendrán las boletas electorales, aclara el acuerdo del pleno del IEPC son fotografías, imágenes o siluetas de los candidatos registrados, por constituir un acto de proselitismo electoral el día de las votaciones. (Baltazar Jiménez Rosales)

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