Ordena el TEE al Instituto Electoral emitir nuevo acuerdo del Partido de los Pobres

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) ordenó al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) emitir un nuevo acuerdo que determine si procede o se niega el registro como partido a la organización política Partido de los Pobres de Guerrero (PPG), lo cual derivará de una nueva revisión
de las actas de las asambleas municipales que efectuó dicha organización y de los informes que rinda el Instituto Nacional Electoral.
El magistrado presidente del TEE, Arturo Pacheco Bedolla, informó que lo anterior derivó de un nuevo proyecto de sentencia que le correspondió elaborar, y que sustituyó al que presentó el magistrado Emiliano Lozano Cruz, quien propuso revocar el acuerdo que emitió el IEPC que niega el registro, y que se concediera al considerar que hay elementos que dan la razón a los promoventes del nuevo partido.
En la sesión, los magistrados electorales revocaron la resolución 07/SO-24-06/2014 de fecha 24 de junio de este año emitida por el Consejo General del Instituto Electoral, en la que se niega el registro como partido político estatal a la organización Partido de los Pobres del Estado de Guerrero.
El TEE ordenó al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado que emita la resolución correspondiente, en plenitud de jurisdicción en los términos ordenados en el fallo en un término de cinco días hábiles, y que notifique al Tribunal Electoral el cumplimiento de la sentencia dentro de las 24 horas siguientes a que ello ocurra.
El presidente del TEE explicó que para que una organización política obtenga el registro como partido, deberá celebrar 30 asambleas municipales con un mínimo de 200 afiliados cada una; o en su caso diez asambleas distritales con la participación de un mínimo de 600 afiliados por distrito electoral.
En este caso la organización política Partido de los Pobres del Estado de Guerrero celebró asambleas municipales, y en la revisión el Instituto Electoral consideró que en los municipios de Mochitlán, Coyuca de Benítez, Zihuatanejo y San Luis Acatlán incumplió con el número de 200 afiliados porque algunos ciudadanos que participaron en éstas no fueron ubicados en el padrón electoral.
El promotor del nuevo partido, Rubén Valenzo, impugnó el acuerdo y el asunto llegó al Tribunal Electoral, y le fue turnado al magistrado Emiliano Lozano Cruz, quien en su proyecto de sentencia determinó que sí procede el registro del nuevo partido porque de acuerdo a informes que proporcionó el Instituto Nacional Electoral, si aparecen en la lista nominal los militantes del Partido de los Pobres que en un principio se dijo no aparecían en el registro federal de electores.
Al existir un primer informe del INE en el que se niega la existencia de personas en el padrón electoral que participaron en las asambleas, y al tener otro informe el magistrado Emiliano Lozano que confirma la existencia de esas personas en el padrón electoral, el pleno del Tribunal Electoral determinó revocar el acuerdo que emitió el Instituto Electoral que niega el registro al Partido de los Pobres, y le ordenó emitir otro previa revisión de las actas y de acuerdo a los informes que le proporcione el INE relativo al padrón electoral.
Pacheco Bedolla explicó que en la sesión, la mayoría de los magistrados propuso no acompañar el proyecto que presentó Emiliano Lozano Cruz, porque proponía ordenarle al Instituto Electoral lisa y llanamente que le otorgara el registro al Partido de los Pobres, “y consideramos que lo más sano jurídicamente era rechazarlo e integrar un nuevo proyecto de sentencia, en el que se ordena al Instituto Electoral que emita un nuevo acuerdo”.
Aclaró que el Tribunal Electoral elaboró un nuevo proyecto de sentencia para garantizar el principio de certeza y no cometer errores, y que de acuerdo a los tiempos el plazo de cinco días hábiles concedido al Instituto Electoral vencerá el próximo lunes, fecha en que se sabrá si procede o no la creación de un nuevo partido político con registro estatal. (Baltazar Jiménez Rosales)

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