Es necesario regular a las Comunitarias para evitar excesos como el de Olinalá

Para evitar excesos como los ocurridos en Olinalá, y ayer mismo en Tixtla, se hace necesaria la regulación de la Policía Comunitaria y grupos de autodefensa que operan en las comunidades indígenas del estado, consideró el secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales y Jurídicos
del Congreso local, Héctor Astudillo Flores. Dijo que si bien los grupos de autodefensa surgieron como una desesperación de la propia ciudadanía por el incremento en la inseguridad pública, también es cierto que estos grupos han caído en excesos como fue el presunto secuestro del síndico procurador de Olinalá, Armando Patrón Jiménez, bajo el argumento de que incurrió en algunas actividades delictivas. Y es que dijo que la Policía Comunitaria no puede tener el monopolio de la justicia, es decir, no puede erigirse en juez y parte. No puede detener, consignar, juzgar y sentenciar a las personas que detengan, “porque la Constitución señala claramente el procedimiento y los tribunales que lo deben hacer”. Tras señalar que este tipo de acciones son los que “se tienen que evitar”, el legislador local priísta destacó que por esta situación, es necesario que se regulen las policías comunitarias, rural, grupos de autodefensa “o todo lo que sea parecido”. En este punto, Astudillo Flores aclaró que aun cuando es necesario reformar algunas leyes para regular a este tipo de grupos, lo cierto es que “ninguna reforma va a cambiar la circunstancia y el estado de preocupación de la ciudadanía porque el problema de la inseguridad no se va a resolver con reformas, sino que se tiene que ir más a fondo para que haya una mayor seguridad pública”. Agregó que junto con la inseguridad pública deben de combatirse también el desempleo y la impunidad, que son dos puntos fundamentales por los cuales se fomenta y ha crecido la inseguridad pública”. Astudillo Flores reiteró que desde su punto de vista, la detención del síndico procurador de Olinalá sí fue un exceso, “porque a nadie se le puede juzgar de esa manera ni ser sometido a un juicio como se estaba planteando porque todo tiene un camino y reglas colocadas en la Constitución Política”. Finalmente, mencionó que la Policía Comunitaria no puede tener el monopolio de la justicia, es decir, detener, consignar, juzgar y sentenciar a las personas que detengan, “porque la Constitución señala claramente el procedimiento y los tribunales que lo deben hacer, con lo que ninguna policía por representativa que sea puede estar en contra de la Constitución”. (Baltazar Jiménez Rosales)

Comentarios