Evencio: regular protestas públicas protegerán los derechos de terceros

El diputado Evencio Romero Sotelo aseguró que, al reglamentar las movilizaciones de protesta en vías públicas en la entidad, se evitará afectar la calidad de vida de los guerrerenses, sin violar los derechos humanos, de manifestación y la libertad de expresión de los grupos sociales. Al entrevistarle sobre la
iniciativa de Ley de Manifestaciones Públicas del Estado que presentó la semana pasada, el legislador destacó que en las últimas semanas las marchas y plantones han perjudicado a los ciudadanos en sus bienes, derechos y libertades por la falta de regulación. Lo anterior conlleva a situaciones como pérdidas económicas en comercios formales, afectaciones en actividades cotidianas de la sociedad, daños en propiedades públicas y privadas, e incluso la imposibilidad de acceso a los servicios de salud en casos de emergencia. Señaló que “esta problemática evidencia la necesidad de reglamentar las manifestaciones públicas con la finalidad de evitar una afectación en la calidad de vida de los guerrerenses, pero sin afectar derechos fundamentales como la libertad de expresión y de reunión”. El diputado por el Partido Movimiento Ciudadano refirió que con esta Ley se protegerán los derechos de terceros al eliminar los abusos que se presentan en las manifestaciones como los casos donde sólo una docena de personas bloquean las vías públicas o donde las demandas de los ciudadanos no pueden ser satisfechas de manera inmediata pero que afectan las actividades cotidianas de los guerrerenses. Explica que en la iniciativa de Ley se considera como obligación de los manifestantes darle paso a los vehículos de emergencias como ambulancias o camiones de bomberos que atiendan situaciones de riesgo o gravedad, según sea el caso. También prohíbe a los manifestantes la utilización de caretas, pasamontañas o cualquier objeto que tape el rostro, de tal forma que no se pudieran filtrar reventadores o provocadores en la marcha. Romero Sotelo informó que la Iniciativa de Ley que analiza la Comisión de Justicia, consta de 11 capítulos en los que destaca la regulación de la fuerza que ejercen los cuerpos de seguridad pública de la entidad, en cumplimiento de sus funciones para salvaguardar la integridad y seguridad de las personas, así como mantener la paz pública para fomentar y preservar el respeto irrestricto a los derechos humanos. Asimismo, se establece que los responsables de los cuerpos de seguridad pública asignarán armas conforme a la función a desempeñar y que solamente a los elementos que aprueben la capacitación establecida para su uso y sólo podrá usar las que les hayan sido asignadas. Además que cuando se encuentre en riesgo la protección a los derechos humanos de las personas, las instituciones o la paz pública, los elementos podrán utilizar la fuerza, bajo los principios de legalidad, racionalidad, congruencia, inmediatez y proporcionalidad. Señala también que se aborda uno de los puntos más trascendentales como la capacitación que reciban los elementos de seguridad pública, que deberá ser constante, buscando su profesionalización basándose en el respeto irrestricto de los derechos humanos y los programas de formación, capacitación y actualización con técnicas de solución pacífica de conflictos, entre ellas, negociación, conciliación, mediación, y otros medios lícitos que limiten al máximo el uso de la fuerza. Finalmente el legislador destacó que en la Ley se menciona que en ningún caso los elementos de los cuerpos de seguridad pública podrán dispersar las manifestaciones haciendo uso de armas de fuego.

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