Presentan perredistas iniciativa para reformar la Ley de Educación estatal

La fracción del Partido de la Revolución Democrática presentó ante el pleno del Congreso del Estado la iniciativa para reformar la Ley de Educación en el Estado de Guerrero número 158, documento que plantea las demandas del magisterio movilizado, como son garantizar la gratuidad de la educación, la creación de un
instituto de evaluación estatal, plazas para los egresados y respeto a los derechos laborales. En la iniciativa que se leyó ante el pleno y después fue enviada a las comisiones Educación Ciencia y Tecnología, y a la de Presupuesto y Cuenta pública, se establece modificar el artículo 29 de la ley 158 para que se establezca que adicional a la evaluación que realizará el gobierno federal, se haga una evaluación estatal. “El Gobierno del Estado dará todo su apoyo a las autoridades educativas federales para que efectúen la evaluación del sistema educativo federal, Sector de Guerrero, sin perjuicio de la que realicen las autoridades educativas en el Estado”. Ahí se establece que la evaluación estatal será democrática, sistemática, permanente, procesual, formativa e integral, que tendrá la participación de todos los actores educativos y tomará en cuenta la diversidad sociocultural, demográfica y socioeconómica de la entidad y los resultados no pondrán en riesgo la permanencia de los docentes en su empleo, y en uno de los transitorios se establece que en un plazo no mayor a 180 días se enviará una iniciativa para la creación del Instituto de Evaluación autónomo del Estado de Guerrero. Por otra parte en la reforma al artículo 17 de la misma Ley estatal de Educación se propone establecer que es responsabilidad del Gobierno Federal por medio del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB), con la concurrencia estatal y las incidencias, otorgar plazas de base a los egresados de las normales públicas de la entidad, con base a criterios académicos confiables y transparentes, lo que evidentemente no modifica en nada la actual practica gubernamental de practicar un examen de oposición entre los egresados de las normales públicas y con sus resultados generar una lista de prelación con la que se entregan las plazas que envíe la federación. Sobre los derechos laborales se establece en el artículo 22 que “las promociones a los cargos de dirección y supervisión se otorgaran con base a los siguientes criterios: examen de conocimientos, aptitudes (iniciativa, laboriosidad, eficiencia), puntualidad, experiencia, antigüedad en el servicio y méritos; con transparencia y a lo establecido en la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero número 248, tomando en cuenta los resultados del sistema nacional de evaluación”, en este punto tampoco ganan gran cosa los maestros pues aceptan que sea la evaluación federal la que defina criterios para los ascensos y solamente se hace una excepción para el caso de los derechos de los pueblos originarios donde los ascensos se resolverán conforme a lo dispuesto en el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de reconocimiento de derechos y cultura de los pueblos y comunidades indígenas del Estado es decir en base a los usos y costumbres. Por lo que refiere a la propuesta de que se destinara un porcentaje del Producto interno bruto del estado al ámbito educativo, esa propuesta se desechó y se propone modificar el artículo 27 para establecer que “el Gobierno del Estado destinará a inversión pública en el sector educativo un monto anual que no podrá ser inferior al aprobado en el ejercicio inmediato anterior, actualizado con base en la cifra oficial de inflación que publique el Banco de México. Con dicho presupuesto se abatirá gradualmente el rezago educativo en materia de infraestructura, equipamiento, mobiliario, material didáctico y servicios básicos de las escuelas, en el medio rural y urbano, prioritariamente en los pueblos originarios”. Para garantizar la gratuidad de la educación, se modifica el artículo 65 bis, para establecer que es obligación y responsabilidad de las autoridades educativas del gobierno federal y del estado, el sostenimiento de las escuelas, por mandato constitucional, y no de los padres de familia; sin menoscabo de la gestión que hagan a otras instancias, además de que los padres de familia participaran dentro del proceso de enseñanza y aprendizaje únicamente con fines de apoyo pedagógico y quedan prohibidas las cuotas escolares, de inscripción y de cualquier tipo que tengan que ver con las necesidades de las escuelas públicas, en cumplimiento al principio de gratuidad previsto en el Artículo 3º Constitucional. (Abel Miranda Ayala)

Comentarios