Tlapa para el PT y San Luis Acatlán para el PRI: dictaminó ayer el TEE
La Primera Sala Unitaria del Tribunal Electoral del Estado (TEE) de la que es titular la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, confirmó la validez de la elección de ayuntamientos de los municipios de Tlapa de Comonfort y San Luis Acatlán, y las constancias de mayoría y validez otorgadas a
Victoriano Wences Real del Partido del Trabajo (PT); y Alejandro Contreras Velasco del PRI, respectivamente, al declarar infundados los juicios de inconformidad que promovieron los partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional.
A través de un juicio de inconformidad, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) impugnó las actas de escrutinio y cómputo de las 90 casillas que fueron instaladas en el municipio de Tlapa de Comonfort; el resultado de la elección de ayuntamiento del municipio de Tlapa, y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez a la planilla del Partido del Trabajo.
En este juicio, el PRI expuso que la transmisión de spots en cadena nacional por medio de televisión abierta y en radiodifusoras autorizados por el Instituto Federal Electoral (IFE), referente a las formas de votar para las elecciones de presidente de la República, senadores y diputados federales le causaron agravios, porque confundieron al electorado del municipio de Tlapa, porque en éstos se argumentaba que los electores podían marcar dos y más recuadros en las boletas.
El PRI señaló que en el ámbito de la elección local, la forma de votar fue diferente, y que eso trajo como consecuencia confusión en el electorado de la región de La Montaña en donde hay analfabetismo y marginación, y que el impacto de los spots les causó agravio porque pusieron en duda la certeza del resultado de la votación de ayuntamiento, toda vez que los votos nulos de la elección, que fueron 2 mil 59, superaron la diferencia entre el primero y el segundo lugar de los candidatos a presidente municipal, que es de mil 206; y que incluso los votos invalidados superan la diferencia entre el tercero y el primero, que es de mil 597 sufragios.
A esto, la Sala señaló que el PRI no acreditó con medio de prueba alguno la existencia de la transmisión del spot que en su concepto causó la confusión de los electores; no acreditó que el Consejo General del IFE haya autorizado la difusión, transmisión y repetición en cadena nacional, en los medios de radidifusión y en prensa escrita, por lo que resultó improcedente la solicitud de nulidad de todas las casillas y la nulidad de la elección al no acreditar la confusión que dijo le causó agravio.
Además, la sentencia señala que no se acreditó la confusión que el actor argumenta hubo entre el electorado, la incertidumbre y la falta de certeza en el resultado de la elección, por lo que la Primera Sala Unitaria confirmó la declaración de validez de la elección y la constancia de mayoría y validez otorgada a Victoriano Wences Real del PT como alcalde electo de Tlapa de Comonfort.
Por otra parte, la Primera Sala Unitaria confirmó la validez de la elección de ayuntamiento en el municipio de San Luis Acatlán, y la constancia de mayoría y validez otorgada al priísta Alejandro Contreras Velasco, al declarar infundado el juicio de inconformidad que promovió el Partido Acción Nacional mediante el cual solicitó la nulidad de 14 casillas por haber, a su parecer, mediado dolo o error en la computación de los votos. (Baltazar Jiménez Rosales)
Victoriano Wences Real del Partido del Trabajo (PT); y Alejandro Contreras Velasco del PRI, respectivamente, al declarar infundados los juicios de inconformidad que promovieron los partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional.
A través de un juicio de inconformidad, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) impugnó las actas de escrutinio y cómputo de las 90 casillas que fueron instaladas en el municipio de Tlapa de Comonfort; el resultado de la elección de ayuntamiento del municipio de Tlapa, y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez a la planilla del Partido del Trabajo.
En este juicio, el PRI expuso que la transmisión de spots en cadena nacional por medio de televisión abierta y en radiodifusoras autorizados por el Instituto Federal Electoral (IFE), referente a las formas de votar para las elecciones de presidente de la República, senadores y diputados federales le causaron agravios, porque confundieron al electorado del municipio de Tlapa, porque en éstos se argumentaba que los electores podían marcar dos y más recuadros en las boletas.
El PRI señaló que en el ámbito de la elección local, la forma de votar fue diferente, y que eso trajo como consecuencia confusión en el electorado de la región de La Montaña en donde hay analfabetismo y marginación, y que el impacto de los spots les causó agravio porque pusieron en duda la certeza del resultado de la votación de ayuntamiento, toda vez que los votos nulos de la elección, que fueron 2 mil 59, superaron la diferencia entre el primero y el segundo lugar de los candidatos a presidente municipal, que es de mil 206; y que incluso los votos invalidados superan la diferencia entre el tercero y el primero, que es de mil 597 sufragios.
A esto, la Sala señaló que el PRI no acreditó con medio de prueba alguno la existencia de la transmisión del spot que en su concepto causó la confusión de los electores; no acreditó que el Consejo General del IFE haya autorizado la difusión, transmisión y repetición en cadena nacional, en los medios de radidifusión y en prensa escrita, por lo que resultó improcedente la solicitud de nulidad de todas las casillas y la nulidad de la elección al no acreditar la confusión que dijo le causó agravio.
Además, la sentencia señala que no se acreditó la confusión que el actor argumenta hubo entre el electorado, la incertidumbre y la falta de certeza en el resultado de la elección, por lo que la Primera Sala Unitaria confirmó la declaración de validez de la elección y la constancia de mayoría y validez otorgada a Victoriano Wences Real del PT como alcalde electo de Tlapa de Comonfort.
Por otra parte, la Primera Sala Unitaria confirmó la validez de la elección de ayuntamiento en el municipio de San Luis Acatlán, y la constancia de mayoría y validez otorgada al priísta Alejandro Contreras Velasco, al declarar infundado el juicio de inconformidad que promovió el Partido Acción Nacional mediante el cual solicitó la nulidad de 14 casillas por haber, a su parecer, mediado dolo o error en la computación de los votos. (Baltazar Jiménez Rosales)
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