Ordena TEE al alcalde de Alpoyeca pagar sueldo de 8 meses a regidora

Después de que desde hace ocho meses el Ayuntamiento de Alpoyeca dejó de pagarle a la regidora María de los Angeles García Cruz bajo el argumento de que no ha cumplido con su encargo, ayer la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado (TEE), que preside el magistrado Jesús
Villanueva Vega, ordenó al presidente municipal de ese lugar, Roberto Almora Méndez, pagarle a la edil sus emolumentos pues la retención salarial fue ilegal y arbitraria.
Fue desde el primero de julio del 2011 cuando por órdenes expresas del alcalde Almora Méndez, cuando a la edil se le dejó de pagar por no haber cumplido con su encargo, ya que no se presentaba a las sesiones de Cabildo, no realizaba gestiones ni se presentaba al edificio del ayuntamiento para atender a la ciudadanía regidora de Participación de la Mujer.
Por tal motivo, María de los Angeles García Cruz interpuso un Juicio Electoral Ciudadano pues consideró que el ayuntamiento violó sus derechos políticos ya que sin justificación alguna le fue retenido su salario, pues además nunca fue notificada de algún procedimiento jurisdiccional o resolución sancionatoria de inhabilitación, revocación o suspensión de su condición de representante popular
En el estudio de fondo del juicio, cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Fernando Xochihua San Martín, la Sala de Segunda Instancia determinó que el ayuntamiento de Alpoyeca incurrió en ilegalidad al retener de manera unilateral y arbitraria los salarios, y destacó que en todo caso, debió haber dado vista al Congreso del Estado del comportamiento irregular de la regidora, quien por mayoría de sus miembros podía suspender o revocar el cargo o el mandato de la representante popular, por abandonar sus funciones sin causa justificada por un periodo de más de 15 días.
Asimismo, el TEE constató que el ayuntamiento no presentó una denuncia ni solicitó la revocación del mandato de la regidora ante el Congreso del Estado, por lo que se determinó que el presidente municipal violó el derecho político de la actora para ejercer el cargo de regidora que le confirió la ciudadanía.
Por lo anterior, la Sala de Segunda Instancia del TEE dio un término de 5 días hábiles al ayuntamiento de Alpoyeca, para que pague los salarios retenidos a la regidora. (Baltazar Jiménez Rosales)

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