Ratificado el registro de Ángel Aguirre como candidato de “Guerrero nos Une”

El Tribunal Electoral Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó ocho sentencias emitidas por la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado (TEE), y una de estas es la contenida en el expediente SUP-JRC-406/2010, en la que se aprueba el registro de Ángel Aguirre Rivero como candidato a gobernador por la coalición “Guerrero nos Une”.
La confirmación, aparecida en el portal de Internet, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, es de la Sala Superior del TEPJE respecto a resoluciones de igual número de juicios de revisión constitucional electoral, entre las que se desahogó un juicio que interpuso la coalición Tiempos Mejores para Guerrero, donde los magistrados electorales determinaron ratificar el registro de Aguirre Rivero como candidato a gobernador, al declarar “infundados” los agravios presentados por la coalición “Tiempos Mejores para Guerrero, que conforman el PRI, PVEM y Nueva Alianza.
Resolvieron a la “brevedad posible” las quejas presentadas por la coalición Tiempos Mejores para Guerrero, en las que acusa a Ángel Aguirre Rivero de haber incurrido en actos anticipados de campaña, con la recomendación de que respete el procedimiento previsto en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado.
La Sala Superior desechó también juicios de revisión constitucional que promovió Roberto Torres Aguirre, representante de Tiempos Mejores para Guerrero, y confirmó sentencias de la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado.
Se explicó que en los recursos de apelación de referencia, la coalición Tiempos Mejores para Guerrero acusó a Aguirre Rivero de actos anticipados de campaña mediante la colocación de propaganda en distintos puntos del estado, y solicitó al IEEG que ordene a la coalición Guerrero nos Une el retiro de la misma.
Los magistrados electorales mandataron al IEEG el retiro, en un tiempo definido, de la propaganda electoral anticipada de Aguirre Rivero colocada en puntos como Acapulco, Zihuatanejo y Ometepec, entre otros, al no comprobarse que Guerrero nos Une la haya colocado.
Desecharon los referidos juicios de revisión constitucional electoral, al considerar que no tenía ningún efecto práctico hacer el estudio del motivo de la inconformidad, porque la propaganda electoral de presuntos actos anticipados de campaña de Aguirre Rivero, en el distrito 06 de Ometepec y en el 26 de Acapulco y en otros puntos de Zihuatanejo, ya había sido retirada.
La Sala Superior del TEPJF también sobreseyó los juicios de revisión constitucional electoral, en cuyos juicios la referida coalición se inconformó porque la sala de segunda instancia del TEE ordenó al IEEG el retiro de propaganda electoral anticipada de Aguirre Rivero, en Ometepec, y lo que pretendía es que el órgano jurisdiccional local ordenara que esa acción corriera a cargo de la coalición Guerrero nos Une. (Con información de IRZA)

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